La información exógena, conocida como medios magnéticos, es uno de los cruces de información más poderosos del DIAN. En 2026, la Resolución 000016 mantiene obligaciones para empresas con ingresos superiores a $500 millones anuales, pero muchas PyMEs desconocen si están obligadas.

¿Quiénes deben reportar información exógena en 2026?

  • Personas jurídicas y naturales con ingresos brutos en 2025 superiores a 500 millones de pesos
  • Entidades del sector público (sin umbral de ingresos)
  • Grupos empresariales y matrices
  • Responsables del régimen ordinario del impuesto sobre la renta con ciertos criterios

Los conceptos más importantes a reportar

  • Formato 1001: Pagos y retenciones practicadas
  • Formato 1007: Ingresos recibidos de terceros
  • Formato 1008: Saldos de cuentas por cobrar
  • Formato 1009: Saldos de cuentas por pagar
  • Formato 2276: Socios, accionistas y partícipes

El cruce de información que más asusta

El DIAN cruza lo que su empresa reporta en medios magnéticos con lo que sus clientes y proveedores reportaron sobre usted. Si hay diferencias, el sistema automáticamente genera alertas. Por eso, si sus declaraciones tributarias no coinciden con la exógena de sus clientes, el DIAN tiene evidencia directa para un requerimiento.

Sanciones por no reportar

La sanción por no presentar información exógena va del 0.5% al 5% del valor de la información omitida o incorrecta, con un mínimo de 10 UVT ($478.310 en 2026) y máximo del 15.000 UVT.

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