En Colombia, la factura electrónica es obligatoria para la mayoría de contribuyentes. Sin embargo, muchas PyMEs todavía operan con facturas en papel o simplemente no facturan, exponiéndose a sanciones que pueden superar los $100 millones de pesos.

¿Quiénes están obligados a facturar electrónicamente?

Desde 2022, la DIAN ha ampliado progresivamente la obligación. Hoy están obligados:

  • Todas las personas naturales y jurídicas responsables de IVA
  • Los contribuyentes del régimen simple de tributación
  • Quienes superen ciertos umbrales de ingresos
  • Profesionales independientes con clientes empresariales

Las 3 sanciones más comunes por no facturar electrónicamente

1. Clausura del establecimiento

El DIAN puede ordenar el cierre temporal de tu negocio por 3 días ante la primera irregularidad, y por más tiempo en reincidencias. Imagina cerrar tu negocio en plena temporada alta.

2. Multa del 1% de los ingresos

Por cada operación sin factura electrónica, la sanción puede ser del 1% del valor de la operación. Para una empresa con ventas de $50 millones mensuales, esto puede significar multas millonarias.

3. Desconocimiento de costos y deducciones

Si no tienes soporte válido de tus gastos (es decir, factura electrónica), la DIAN puede rechazar esas deducciones en tu declaración de renta, aumentando significativamente tu impuesto a pagar.

Cómo habilitarse en 3 pasos

  1. Registrarte como facturador electrónico en el portal DIAN (Muisca)
  2. Elegir un software autorizado por la DIAN (Siigo, Alegra, Factura1, etc.)
  3. Configurar y probar tu primer set de facturas de prueba

Si ya estás obligado pero no has empezado, el riesgo crece cada día. En hibri2.pro te ayudamos a habilitarte rápidamente y de forma correcta.

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