La facturación electrónica es obligatoria para prácticamente todos los contribuyentes en Colombia. Pero entre la obligación y el cumplimiento correcto hay una brecha grande que sigue generando sanciones.
Quiénes están obligados en 2026
Todos los responsables de IVA, grandes contribuyentes, personas naturales comerciantes con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT el año anterior, y el 100% de los demás contribuyentes según la Resolución 042 de 2020 y sus actualizaciones.
Los documentos electrónicos más olvidados
Además de la factura de venta, estos documentos también son obligatorios en formato electrónico:
- Nota débito electrónica: Para ajustes que aumentan el valor de una factura
- Nota crédito electrónica: Para anulaciones parciales o totales y devoluciones
- Documento soporte de contratación: Cuando el proveedor no está habilitado para facturar
- Nómina electrónica: Para que los pagos de salario sean deducibles
UUID: el campo que valida todo
El UUID (Unique Universal Identifier) es el código único que el DIAN asigna a cada factura electrónica validada. Sin UUID válido, la factura no sirve como soporte de costos ni como base de IVA descontable, sin importar que esté en formato electrónico.
Factura de contingencia
Cuando el sistema falla y no se puede emitir factura electrónica, la ley permite emitir facturas de contingencia (en papel o numeradas previamente). Estas deben transmitirse al DIAN dentro de las 48 horas siguientes al restablecimiento del servicio.
Cómo verificar una factura electrónica
En el portal MUISCA del DIAN, opción “Verificar documento electrónico”. Cualquier proveedor, cliente o funcionario puede verificar si una factura es genuina ingresando el UUID o escaneando el código QR.