En Colombia, la factura electrónica es obligatoria para la mayoría de contribuyentes. Sin embargo, muchas PyMEs todavía operan con facturas en papel o simplemente no facturan, exponiéndose a sanciones que pueden superar los $100 millones de pesos.
¿Quiénes están obligados a facturar electrónicamente?
Desde 2022, la DIAN ha ampliado progresivamente la obligación. Hoy están obligados:
- Todas las personas naturales y jurídicas responsables de IVA
- Los contribuyentes del régimen simple de tributación
- Quienes superen ciertos umbrales de ingresos
- Profesionales independientes con clientes empresariales
Las 3 sanciones más comunes por no facturar electrónicamente
1. Clausura del establecimiento
El DIAN puede ordenar el cierre temporal de tu negocio por 3 días ante la primera irregularidad, y por más tiempo en reincidencias. Imagina cerrar tu negocio en plena temporada alta.
2. Multa del 1% de los ingresos
Por cada operación sin factura electrónica, la sanción puede ser del 1% del valor de la operación. Para una empresa con ventas de $50 millones mensuales, esto puede significar multas millonarias.
3. Desconocimiento de costos y deducciones
Si no tienes soporte válido de tus gastos (es decir, factura electrónica), la DIAN puede rechazar esas deducciones en tu declaración de renta, aumentando significativamente tu impuesto a pagar.
Cómo habilitarse en 3 pasos
- Registrarte como facturador electrónico en el portal DIAN (Muisca)
- Elegir un software autorizado por la DIAN (Siigo, Alegra, Factura1, etc.)
- Configurar y probar tu primer set de facturas de prueba
Si ya estás obligado pero no has empezado, el riesgo crece cada día. En hibri2.pro te ayudamos a habilitarte rápidamente y de forma correcta.